Un nuevo artículo sobre la reforma de la Ley Concursal publicado en la sección de opinión Foro Germán Bernácer de Alicante Plaza

Los Planes de Reestructuración en la Ley Concursal

Introducción

Los especialistas Javier Sempere Mas y Jesús Morant Vidal, socios del despacho Bufete Sempere Jaén Abogados, presentan su análisis en la sección de opinión del digital Alicante Plaza del Foro Germán Bernácer de julio, bajo el título “Los Planes de Reestructuración”. En el artículo, los autores resaltan “la falta de respuesta efectiva desde el ordenamiento jurídico a las alertas que cuestionan la viabilidad en los negocios, ya que tradicionalmente las situaciones de insolvencia se han tratado desde una perspectiva liquidativa”.

Señalan que “el derecho concursal ha sido principalmente una respuesta orientada hacia la extinción de empresas insolventes, en lugar de ofrecerles herramientas para continuar su actividad. Además, destacan que la Ley 16/2022, que reforma el Texto Refundido de la Ley Concursal, ha incluido novedades, siendo el derecho preconcursal y los planes de reestructuración los protagonistas principales de esta reforma”.

Temas destacados:

  • El enfoque tradicional de liquidación en situaciones de insolvencia.
  • La reforma de la Ley Concursal y el papel del derecho preconcursal en los planes de reestructuración.
  • Diferencias entre los planes de reestructuración consensuales y no consensuales según el tamaño de la empresa.
  • El modelo de arrastre como opción para favorecer la reestructuración y evitar el concurso de acreedores.

El derecho preconcursal y los planes de reestructuración

Los autores subrayan “que los planes de reestructuración representan una medida moderna y novedosa que permite agilizar el proceso y evitar un mayor deterioro de la situación de distress que afecta a la empresa. Esto posibilita una actuación en un estadio previo de dificultades, sin el estigma asociado al concurso de acreedores. El derecho preconcursal, centrado en la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores y los planes de reestructuración de las empresas, se ha convertido en una herramienta fundamental para afrontar las limitaciones históricas en el tratamiento de situaciones de insolvencia”.

La Ley 16/2022 y los cambios en el derecho concursal

En el artículo se indica que “la reforma llevada a cabo mediante la Ley 16/2022 busca abordar las limitaciones existentes en el derecho concursal anterior. Esta ley, en línea con la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, introduce modificaciones significativas en la Ley Concursal. Entre ellas, destaca la relevancia del derecho preconcursal y los planes de reestructuración como herramientas para facilitar la negociación con los acreedores y evitar la extinción de empresas insolventes”.

Tipos de planes de reestructuración

Se destaca que “los planes de reestructuración se dividen en dos categorías: consensuales y no consensuales. Los primeros son aprobados por todas las clases de acreedores, mientras que los segundos no cuentan con el respaldo unánime. Además, se distinguen tres modos de reestructuración según el tamaño de la empresa: ordinario, especial y destinado a microempresas. Cada uno de estos modos se adapta a empresas con distintos niveles de plantilla y facturación”.

El modelo de arrastre y su papel en la reestructuración

El artículo aborda “el modelo de arrastre se convierte en una opción en favor de la reestructuración y en evitación del concurso cuando el plan no es aprobado por todas las clases de acreedores. En este modelo, se sigue como regla básica que los créditos de una misma clase sean tratados de forma paritaria. Para evitar impugnaciones, lo ideal es que el plan de reestructuración se consensue con un trato solidario entre acreedores, respetando el principio mayoritario“.

La importancia de la paridad de trato

Los autores señalan que, “pese a ser una reforma reciente, ya existen sentencias considerando que la paridad de trato no implica dar el mismo trato a los acreedores del mismo rango, sino asegurar un tratamiento justo en cuanto al valor económico del sacrificio que experimentan los acreedores. Esto pretende evitar una discriminación injusta entre clases del mismo rango”.

Conclusión

En conclusión, la implementación de planes de reestructuración abre un nuevo marco normativo que debe ir acompañado de un cambio de mentalidad. Se busca adelantar la solución a la insolvencia y fomentar un comportamiento responsable.

Los planes de reestructuración representan una medida moderna para evitar el deterioro de empresas en dificultades financieras y ofrecen oportunidades para revertir su situación. La reforma legal busca mejorar la viabilidad de las empresas insolventes, fomentando un comportamiento responsable de los implicados y evitando conductas que perjudiquen el interés colectivo de los acreedores. Su implementación efectiva requiere una adecuada negociación con las partes involucradas y un enfoque más orientado a la continuidad empresarial que a la liquidación.

Leer el artículo completo:

Los Planes de Reestructuración