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Factura electronica preguntas y respuestas

Francisco José Pérez aborda en el espacio de opinión de Alicante Plaza el impacto de la factura electrónico en las empresas

El Impacto de la Factura Electrónica en España: Un Análisis Detallado

El gerente de CEIF-Consultoría Empresarial y miembro del Foro de Debate Económico Germán Bernácer, Francisco José Pérez Blasco, ha publicado un artículo en el área de opinión de Alicante Plaza titulado “El impacto de la factura electrónica”, en el que destaca que hace más de una década que el Gobierno trabaja para que se generalice el uso de la factura electrónica “entre empresarios, profesionales y demás agentes del mercado y, en particular, entre las pequeñas y medianas empresas y microempresas”.

Beneficios de la Factura Electrónica

FRANCISCO JOSÉ PEREZPérez añada que la “Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, regula la obligación de factura electrónica en todas las operaciones entre empresarios y profesionales en un único artículo y una disposición transitoria, dejando su desarrollo a un posterior Reglamento, previniendo que se debería aprobar en el plazo de seis meses desde la publicación de la citada Ley. El proyecto-borrador se hizo público el 20 de junio de este año y fue sometido a información pública y apertura de plazo de audiencia para formular alegaciones, periodo que finalizó el 10 de julio. Hasta el momento desconocemos el texto definitivo que se remitirá al Consejo de Ministros para su aprobación. Las fechas comentadas evidencian que las previsiones no se van a cumplir”.

Reducción de costes

También pone de manifiesto en su escrito que “con esta medida se pretende reducir los costes de transacción y facilitar la transparencia en el tráfico mercantil, además de obtener información fiable, sistemática y ágil de los plazos efectivos de pago, lo que ayudará a reducir la morosidad comercial y a fomentar la digitalización de todas las empresas. En esta Ley también se recogen medidas para el cumplimiento de los plazos de pago, como el requisito para el acceso a subvenciones o para acceder a contratos con el Estado”.

El autor señala también que “a la vista de la normativa publicada y del borrador del Reglamento (Real Decreto por el que se desarrolla la Ley 18/2022) es posible comentar el modo de funcionamiento de la factura electrónica, a falta de la aprobación del texto definitivo y de que, posteriormente, sea publicada la correspondiente Orden Ministerial que detalle todos sus aspectos, sobre todo técnicos”.

Impacto en las Pymes y Microempresas

Concluye que “la implantación de la factura electrónica conllevará un coste de adaptación y de gestión para las Pymes, microempresas y profesionales, si bien con ello se facilitará su integración en los procesos informáticos de las empresas y se normalizarán las transacciones mercantiles, dotándose de mayor transparencia, también para la Agencia Tributaria, que tendrá un mayor control de las mismas. Con respecto a la lucha contra la demora en los pagos, el Observatorio Estatal de Morosidad Privada debería estudiar y proponer la implantación de medidas adicionales a la publicación de la lista de morosos, que, si se realizara con carácter anual, recogería los datos de las operaciones del año anterior, lo que supone un evidente retraso en la disposición de la información para los que vayan a operar con las empresas “morosas” que figuran en ella”.

Para leer el artículo completo, seguir el siguiente enlace:

https://alicanteplaza.es/el-impacto-de-la-factura-electronica

 

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